Santo Domingo RD.- El
Senado aprobó este miércoles en segunda lectura el proyecto de ley orgánica de la
Policía Nacional, que consigna un tope en sus filas de 20 generales, y establece que no se prestará servicio policial a personas físicas o morales ni a establecimientos comerciales, si no se determina que están en grave peligro.
La iniciativa, que ahora pasa a la Cámara de Diputados, la presentaron al Congreso Nacional los senadores Julio César Valentín, Adriano Sánchez Roa, Carlos Castillo, Arístides Victoria Yeb y Manuel Antonio Paula.
El proyecto contempla que no habrá reintegro de policías, salvo las excepciones de la Constitución, se limita a 40 años el tiempo máximo en la institución, introduce una mejor seguridad social, regula el uso de la fuerza, prioriza la prevención del delito, pero endurece el enfrentamiento de la delincuencia y las sanciones a las faltas policiales, según al proyecto de ley Orgánica de la Policía Nacional aprobado en segunda lectura por el Senado.
El senador Adriano Sánchez Roa, del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) en la Cámara Alta, explicó que los ascensos y los ingresos se harán previos a la existencia o creación de la plaza justificada por el Consejo Superior Policial, a fin de establecer un orden…
“El proyecto prohíbe la asignación de agentes policiales para protección a personas físicas, dominicanas o extranjeras, o de seguridad para compañías privadas, sociedades o asociaciones sin fines de lucros; en tanto se limita hasta tres los oficiales asignados a oficiales en retiro, con lo que podrían retornar a la institución más de 5 mil miembros”, dijo.
Sánchez Roa dijo que la ley prioriza el trabajo de prevención del delito por parte de la Policía Nacional para cuidar la vida, integridad física y moral de las personas, así como las propiedades, aplicando medidas civilizadas para disuadir toda clase de delitos, pero endurece la persecución de las infracciones penales, bajo la dirección del Ministerio Público.
El proyecto de ley Orgánica de la Policía Nacional, marcado con el número 02418 en el Senado, fue sometido por los senadores Julio César Valentín, Adriano Sánchez Roa, Carlos Castillo, Manuel Paula y Arístides Victoria, y fue puesto en vistas públicas en Santiago, Barahona, San Pedro y el Distrito Nacional, además de escuchar todos los sectores vinculados o interesados.
Sánchez Roa precisó que el sueldo del policía “se regulará periódicamente en base a la homologación de puestos con los del sector público, al costo de la vida y a los índices de inflación”, de manera que se establece una remuneración justa, donde también el Consejo Superior Policial reglamentará los incentivos que se agregarán por servicios.
El Jefe de la Policía Nacional, que será un Director General, lo nombrará el Presidente de la República, escogido de uno de los generales activos, y ostentará el rango de mayor general mientras ocupe el puesto, pasando a retiro una vez cese de esta función, que nunca podrá superar los dos años.
El senador por Elías Piña reveló que se delimitó claramente las funciones de la Inspectoría General, que será de control interno del fiel cumplimiento de la Policía Nacional a la Constitución, las leyes y los reglamentos disciplinarios; y la Dirección de Asuntos Internos, que tendrá a su cargo las investigaciones a la violación del régimen ético y las inconductas de sus miembros.
La pieza que ahora pasa a la Cámara de Diputados, le prohíbe a sus miembros el porte o tenencia de armas diferentes a las asignadas para el desempeño de sus funciones, de manera que ante cualquier caso, los policías tendrían que utilizar sus armas, así resultaría más fácil cualquier investigación.
Sánchez Roa señaló que, además, la institución de manera obligatoria conservará un registro balístico de todas las armas de fuego asignadas a sus miembros; y también los policías tendrán un número identificativo visible en todo momento a los fines de poder utilizarlo en la identificación de los mismos en sus actuaciones.
El Consejo Superior Policial reglamentará, según la Constitución y las leyes, las normas que regularán el uso de la fuerza que gobernarán el accionar de los miembros de la Policía Nacional, con el propósito de evitar los excesos o componendas, pero tampoco permitir la dejadez, es decir, cumplir con el deben de proteger al ciudadano o la propiedad con el mínimo de daños a las personas.
Se endurecen las sanciones internas a los integrantes de la institución, que van desde muy graves hasta leves, y tendrán sanciones con retenes y económicas, pero si se trata faltas con carácter delictuales, se pasarán a la justicia ordinaria.
Sánchez Roa al elogiar el interés que mostrado por el actual Jefe de la Policía Nacional, licenciado Nelson Ramón Peguero Paredes, de que se apruebe una ley Orgánica que fortalezca la institución, precisó que le nueva pieza en el artículo 68 prohibirá el reintegro de los miembros que hayan sido separados o retirados, salvo las excepciones establecidas en la Constitución de la República.
Para los ascensos se establecen 4 años mínimos de permanencia en el rango, junto a los demás requisitos, de lo contrario los mismos serán nulos; pero como tiempo máximo de permanencia en el rango, serán de 6 años para el nivel básico y de 7 años para el nivel medio, pero si el ascenso no se produce porque no hayan cumplido los requisitos, serán retirado o separado de la institución.
Sánchez Roa manifestó que cuando se trate de un personal de carrera policial perteneciente al nivel superior, el tiempo máximo en el rango será de ocho años, y el que si ascenso no se produce por la falta de plaza, podrá continuar en el servicio, previa autorización del Consejo Superior Policial.
Los generales serán retirados al cumplir los diez años en el rango, salvo que ocupen la Dirección General, la Subdirección General o la Inspectoría General, y el retiro se producirá al cesar de esas funciones.
Según el artículo 86, la cantidad de generales no podrá superar los 20, por lo que en un período de dos años se deberá poner en condición de retiro alrededor de 30 generales de los 50 existentes en los actuales momentos.
El vocero del PLD en el Senado dijo que el retiro voluntario se “concede a petición del interesado, luego de haber acumulado un mínimo de veinticinco (25) años de servicio en la Policía Nacional”
Por antigüedad, al alcanzar la edad y el tiempo máximo de permanencia en el servicio como miembro de la Policía Nacional, será para generales 60 años de edad y/o 40 años de servicio en la institución; oficiales superiores 55 años de edad y/o 35 años de servicio en la institución; oficiales subalternos 55 años de edad y/o 33 años de servicio en la institución; alistados en general 50 años de edad y/o 30 años de servicio en la institución.
Sánchez Roa dijo que se establece un conjunto de disposiciones para que los integrantes de la Policía Nacional sean beneficiarios del Sistema Dominicano de Seguridad Social, participar en el régimen de reparto especial, los cuales recibirán prestaciones por pensión por antigüedad, discapacidad, sobrevivencia, indemnización por retiro y gastos fúnebres, de acuerdo al capítulo IX.
Todos los integrantes de la Policía nacional serán afiliados al SENASA y tendrán derechos en el régimen de Riesgos Laborales de la SISALRIL, de las cuales también serán beneficiarios los pensionados y jubilados.
Fuente: CDN